DE LOS LIBROS DE ACTAS

 

En el fondo histórico del archivo municipal de Irun existen multitud de bandos y edictos de la época, algunos de los cuales reproducimos por su originalidad o interés.

Aunque el decreto no es del ayuntamiento de Irun, existían ciertas limitaciones en el uso del tabaco que se utilizaba en hoja y en polvo. En una de las juntas generales celebradas en la villa de Deva se decretó que ninguno tomase tabaco en humo, hoja ni en polvo en las iglesias, cementerios, juntas de la Provincia, Diputaciones y Ayuntamientos, so pena de ocho reales de multa.

 

 

En sesión del 2 de febrero de 1673 el ayuntamiento de Irun determinó que no entrasen carros de hierro ni en el campo ni en las calles, por el daño que causaban a las calzadas, bajo pena de dos reales.

En las ordenanzas de Irun del año 1675 se dice que no se permiten cerdos, carros ni vacas por las calles del centro,  y que a los que tengan se les obligue a dar un torito joven para fiestas de septiembre.

En 1684, el entonces capitán don José de Arbelaiz propuso que para mayor quietud de la República de Irun-Uranzu, se tocase la queda, con campana, en invierno a las 9 de la noche y a las 10 en verano. A partir de esa hora estaba prohibido que en ninguna taberna se sirvieran vino, ni sidra, y que tampoco se diesen naipes.

Muchos vecinos de Irun se quejaban en 1682 de que los taberneros negaran el vino a los que no fueran de su devoción. El Concejo dispuso que cuatro o seis tabernas determinadas vendieran a todo solicitante el vino entregado por dicho Concejo.

Los precios de venta de sidra y pitarras los establecía el Concejo irunés. Además, prohibía vender las traídas de fuera, si las elaboradas con manzanas de nuestra jurisdicción no se hubieran agotado.

Damos paso a la crónica de sucesos.

Está claro que a la justicia en Irun no le faltaba trabajo. Es probablemente la documentación más extensa en el Archivo Municipal de nuestra ciudad. Los juicios son de todo tipo, algunos muy curiosos, como por ejemplo, uno contra una mujer por amancebamiento con "su marido", pero la mayoría son por robos, heridas, reyertas, etc. No faltan tampoco algunos más graves por asesinato.

A lo largo del siglo XVII hemos encontrado registrados, al menos, una docena de asesinatos en Irun. Los métodos utilizados fueron de lo más variado, armas de fuego, estocadas e, incluso, pedradas.

Recogemos un caso curioso. En el año 1667 alguien abandonó una criatura en el cementerio de la iglesia. Fue criada por mitad por cuenta de los propios de la iglesia y de los de la Universidad.

Los pasajeros que frecuentaban los caminos reales hasta cerca de Irun por Gainchurizqueta, se quejaban  de que ofrecían mucho peligro por los ladrones que por allí pululaban. Se acordó vigilar los caminos con varios hombres armados. Esto ocurría en el año 1680.

La inseguridad ciudadana era tan evidente que el concejo de Irun en sesión celebrada de fecha 3 de febrero de 1684 ordenó que nadie llevara ningún arma vedada como pistolas o usaran puñales.

En 1700 el concejo de Irun aceptó la propuesta del Ayuntamiento de Oyarzun, por la que los ganaderos de ambos pueblos pagaran un tanto anual para premiar a quienes trajeran lobos vivos o muertos, ya que eran muchos los que había en los montes de ambos pueblos.

Y por último un apunte económico. Lo traemos porque en el mismo se hace referencia a Jaizubia y Anaca. Está fechado en 1700 y en aquel momento el ayuntamiento, que no andaba muy alcanzado de medios, acordó pedir a los iruneses un celemín de trigo por cada jugada de tierra. A los que no colaborasen se les negaría el aprovechamiento de leña y helecho de los montes municipales, y se les prohibiría mandar ganado a los pastos comunales. Entre los recaudadores nombrados para esta ayuda, encontramos a Aguinaga y Oyanguren para Jaizubía, y Sebastián de Alcayaga y Alejandro de Verroa desde la calle  Annaca (sic).