SERENOS


 

 

 

Hasta el año 1776 no había en Irun más que un alguacil, Nicolás Goya, que era al mismo tiempo portero del Ayuntamiento. Como no sabía leer ni escribir, el alcalde propuso se nombrara a otro con sueldo de cuatro pesos.

En 1803 había un alguacil fijo y un supernumerario.

 

 

 

Alguaciles y serenos de Irun. Año 1965.

(Foto: Colección de José María Arina).

 

En 1859 se encomienda a Policarpo Balzola hacer un reglamento para "bomberos y dos serenos", en 1863 se aprueba el Reglamento de Serenos (podríamos decir que este es el comienzo real de la historia de la Policía Local) y se nombra como tales a Rafael Berondo e Ignacio Erice.

Estos agentes ya tenían el carácter de cuerpo armado y eran considerados los auxiliares de los Alguaciles, dentro de sus funciones cabe destacar la vigilancia de las calles, anuncio de las horas, el estado atmosférico y la alarma en caso de incendio.

 

 

 

Reglamento de Serenos de Irun de 1863.

Guardia Municipal a comienzos del siglo XX. (A.M.I.)

 

El Reglamento definía estrictas condiciones personales prohibiéndoseles "tener tienda o taberna" y debiendo depositar "cincuenta pesos para responder de las faltas que pudieran cometer en el desempeño de su cargo".

El sueldo era de dos pesetas diarias, más 55,20 al año para aceite de la linterna.

 

Para pagar este servicio de vigilancia nocturna, el Ayuntamiento de Irun acordó aplicar un impuesto extraordinario de una peseta por cada cerdo que se matase en el pueblo.

Se calculó que el producto de este impuesto sería suficiente para cubrir el sueldo de uno de los serenos. Al segundo se le pagaría con algún arbitrio a los comerciantes e industriales.

 

Con la aparición de la figura del Cabo de Serenos se incluyó saber leer y escribir. Irun dispuso de un Cabo, con la denominación inspector de Policía Urbana, un suplente y 5 serenos.

 

Aquellos serenos tenían derecho a pensión de jubilación o retiro salvo que tuvieran que dejar el servicio "por herida causada a mano airada en acto de desempeño de sus obligaciones en cuyo caso se les podrá asignar hasta la tercera parte de su salario".

Los ayuntamientos proveían a cada sereno de capote, chuzo, farol, canana, gorra y pito.

 

El reglamento irunés era muy preciso sobre lo que debían hacer cuando advirtiesen que se halla abierta la puerta de alguna casa o ventana de alguna tienda.

 

También debían actuar si sintiesen algunos ladridos de perros u otros gritos o ruidos extraordinarios que pudieran turbar el descanso de los vecinos.

 

En 1924 se creó el cuerpo de Guardia Municipal, unificando los anteriores oficios de alguaciles y serenos.

 

Fuentes:

  • Archivo Municipal de Irun.

  • Diputación Foral. Gipuzkoa Etorkizuna Orain
  • Ayuntamiento de Irun.